abril 24, 2024

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¿Qué vehículos puedes conducir?

¿Qué vehículos puedes conducir?

La licencia requerida para conducir vehículos livianos depende de obtener una categoría B o categoría B1 al inscribirse en una autoescuela y aprobar un examen de manejo que consiste en una prueba teórica y una prueba práctica. Si tienes una categoría B, ¿qué vehículos puedes conducir?

IMT es la autoridad competente para la expedición de permisos de conducción. La licencia requerida para conducir vehículos pesados ​​depende de la obtención de una categoría C o categoría C1. La licencia requerida para conducir motocicletas de cilindrada superior a 50 cc depende de la obtención de la Clase A o Clase A1 (motocicletas de cilindrada no superior a 125 cc).

Obtención de un permiso de conducción de vehículos agrícolas conforme a la categoría T de primer, segundo o tercer tipo Se basa en la aprobación de una prueba de conducción compuesta por una prueba teórica y una prueba práctica para vehículos de segundo o tercer tipo, y una prueba práctica acompañada de un cuestionario oral sobre las normas, señales de tráfico y conocimientos sobre prevención de accidentes de vehículos. del primer tipo Clase B o B1.

Licencia de Conducir Tipo B: Puedes conducir motocicletas, pero…

Aunque el carné de conducir B permite la conducción de motocicletas, se deben cumplir las siguientes normas:

  • El conductor debe tener 25 años de edad o más.
  • La cilindrada de la moto no debe exceder los 125 cm3 Y la potencia máxima no podrá exceder de 11 kW.
  • Quedan excluidas de esta categoría las motocicletas con sidecar.

Para vehículos ligeros, una licencia de categoría B le permite conducir:

  • Los vehículos a motor cuya masa máxima no supere los 3500 kg.
  • Lleva hasta un máximo de 9 pasajeros, incluido el conductor.
  • Se puede remolcar un remolque con una masa máxima autorizada de hasta 750 kg.
  • Imprescindible tener al menos 18 años, con posibilidad de empezar las clases teóricas 6 meses antes.

Con el permiso de conducir clase B se puede seguir conduciendo cuatrimotos, ya sea para uso deportivo o personal, siempre que:

  • La masa máxima en vacío no supera los 450 o 600 kg (dependiendo del propósito del vehículo).
  • La potencia total no supera los 15 kW.